Tribunal arbitral
Definición
Órgano integrado por uno o varios árbitros, designados conforme al pacto arbitral o, en su defecto, conforme a la ley, encargado de tramitar el proceso y dictar el laudo. Su jurisdicción nace del acuerdo de las partes y de la ley.
Fuente normativa
Ley 1563 de 2012
Ver también
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